¿Tiene derecho un contribuyente a la devolución de los montos retenidos por la empresa a través de Boletas de Honorarios emitidas?

ID: 001.140.0974.017
Fecha de creación: 29/01/2004
Fecha de actualización: 26/03/2026

Sí, siempre que el monto total de los impuestos determinados en la Declaración Anual a la Renta del contribuyente, sean inferiores a las retenciones de sus honorarios.

En esta situación, el contribuyente tiene derecho a la devolución del excedente o a la totalidad de lo retenido si no está afecto a los impuestos anuales a la renta.

Cabe señalar que, si el contribuyente es independiente con régimen de boletas de honorarios, las retenciones pueden destinarse a cotizaciones obligatorias.