Sí. Un contribuyente sí tiene derecho a la devolución de los montos retenidos por la empresa en las Boletas de Honorarios emitidas, siempre que el monto total de los impuestos determinados en la Declaración Anual a la Renta del contribuyente, sean inferiores a las retenciones de sus honorarios.
En esta situación, el contribuyente tiene derecho a la devolución del excedente o a la totalidad de lo retenido si no está afecto a los impuestos anuales a la renta.
Puede obtener más información de este tema en nuestro sitio web, la sección Servicios online, Declaración de renta, Material de Ayuda, opción Más información.