Sí, es posible mantener el beneficio de un crédito hipotecario al realizar una reprogramación con un banco distinto al que otorgó el crédito, puesto que las normas que permiten rebajar los dividendos hipotecarios (Ley 19.622) o los intereses hipotecarios por los créditos hipotecarios destinados originalmente a adquirir viviendas, se mantiene aun cuando exista una reprogramación del crédito con un banco distinto al original, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en cada norma.