¿Cuál es la tasa por concepto del Pago Provisional (PPM) que debe ser aplicada al reanudarse las utilidades en una empresa luego de arrojar pérdidas?
ID: 001.140.1017.009
Fecha de creación: 13/02/2004
Fecha de actualización: 14/04/2025
La tasa por concepto de PPM que debe ser aplicada al reanudarse las utilidades en una empresa, luego de arrojar pérdidas en el ejercicio anterior, es de un 1%, según lo dispuesto en el artículo 84, letra a, de la Ley sobre Impuesto a la Renta.