No, la compra de una camioneta usada no puede ser considerada como gasto, pues se trata de la adquisición de un activo inmovilizado.
Una compra con estas características sólo puede deducir como gasto una cuota anual por concepto de depreciación, de acuerdo con el uso que esté dando la empresa a la camioneta.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, Legislación tributaria y convenios internacionales, Legislación tributaria básica, opción Ley sobre Impuesto a la Renta, donde encontrará el Artículo 31, N° 5 y N° 5 bis, relativo a las depreciaciones.