¿Cuál es el tratamiento tributario de las reparaciones de los activos fijos y la incidencia en la vida útil del bien?

ID: 001.140.1351.005
Fecha de creación: 29/04/2004
Fecha de actualización: 21/04/2025

Los activos fijos que son sometidos a reparaciones, entendida éstas como aquellos desembolsos que tiene por objeto subsanar el deterioro que sufren los bienes por su normal uso o para mantenerlos en mínimas condiciones de funcionamiento, sin agregarle un valor importante a los mismos, son calificados como gastos necesarios para producir la renta, siempre y cuando cumplan con los requisitos que exige el inciso primero del artículo 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta y, por lo tanto, dichas sumas no aumentan el valor del bien del activo inmovilizado y menos el saldo de la vida útil de los referidos bienes.

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