El Artículo 18º ter fue derogado a contar el 01 de octubre 2010 según ley 20448. El artículo único de la Ley 20466, publicado el 30.09.2010, dispuso que cualquier referencia al presente artículo derogado que se haga en las leyes, debe entenderse hecha al Art. 107 de la ley de la renta.