El Artículo 18º ter fue derogado a contar el 01 de octubre 2010 según ley N°20448. El artículo único de la Ley N°20466, publicado el 30.09.2010, dispuso que cualquier referencia al presente artículo derogado que se haga en las leyes, debe entenderse hecha al artículo 107° de laLIR.