¿Cuál es el procedimiento que debe aplicarse a las mercaderías mermadas en casos fortuitos o de fuerza mayor?

ID: 001.140.1398.013
Fecha de creación: 18/05/2004
Fecha de actualización: 01/10/2025

El procedimiento que debe aplicarse a las mercaderías mermadas en casos fortuitos o de fuerza mayor consiste en avisar tal hecho al Servicio dentro del plazo de 48 horas después de su ocurrencia. Posteriormente, las pérdidas o mermas serán constatadas y calificadas por un funcionario del SII, con la idea de autorizar su rebaja de los libros de contabilidad.

 

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