¿De qué forma tributan las ventas de acciones de alta presencia bursátil?

ID: 001.140.1427.015
Fecha de creación: 25/05/2004
Fecha de actualización: 15/04/2025

Con fecha 4 de febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.420, que reduce o elimina exenciones tributarias.

Entre otras normas, la Ley modifica los artículos 17 N° 6, 33 bis, 107 y 110 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), respecto de las cuales se imparten las instrucciones pertinentes mediante la 

La citada circular señala entre otras cosas que: "La Ley modificó el artículo 107 de la LIR, incorporando un nuevo tratamiento tributario para el mayor valor obtenido en la enajenación o rescate de acciones de sociedades anónimas abiertas constituidas en Chile con presencia bursátil, de cuotas de fondos de inversión y cuotas de fondos mutuos.Tras las modificaciones, el mayor valor obtenido en estos casos dejará de ser un ingreso no constitutivo de renta, pasando a tributar con un impuesto único a la renta con tasa del 10%. Lo anterior, salvo que el mayor valor sea obtenido por inversionistas institucionales (sea que tengan o no domicilio o residencia en Chile) en cuyo caso, este mantendrá su calidad de ingreso no constitutivo de renta".

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, sobre Calificación de Acciones con presencia o de transacción bursátil, sobre nuevo artículo 18 ter, relativa a la no declaración del mayor valor en ninguna base imponible de impuesto y referido al tratamiento tributario de los ingresos no constitutivos de renta, rentas exentas y rentas afectas al impuesto de primera categoría en carácter de único y de los costos, gastos y desembolsos imputables a cada uno de ellos.

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