¿Qué debe hacer un contribuyente que presenta una Declaración de Renta que inicialmente generó pago y luego de una rectificación tiene devolución de impuestos?

ID: 001.140.1467.011
Fecha de creación: 01/06/2004
Fecha de actualización: 14/04/2025

Lo que debe hacer un contribuyente que presentó una Declaración de Renta que inicialmente generó pago y que luego de realizar una rectificatoria produce devolución, es acogerse a lo dispuesto en el artículo 126 del Código Tributario para solicitar la devolución de lo pagado en exceso en la primera Declaración de Renta.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, donde encuentra el Oficio N° 0784, de 1998, que instruye sobre los pagos ingresados indebidamente al fisco.