¿Si durante el año se vende una propiedad que goza de beneficios tributarios por intereses hipotecarios, éstos se pierden o son proporcionales al tiempo de tenencia del mismo bien?
ID: 001.140.1657.007
Fecha de creación: 28/07/2004
Fecha de actualización: 15/04/2025
Si durante el año se vende una propiedad que goza de beneficios tributarios por intereses hipotecarios, corresponde deducir o descontar sólo los intereses hipotecarios efectivamente pagados dentro del ejercicio comercial.