¿Qué tipo de impuesto debe pagar una persona que recibe un ingreso producto de una expropiación?

ID: 001.140.1694.007
Fecha de creación: 04/08/2004
Fecha de actualización: 16/04/2025

El ingreso que recibe una persona por concepto de una expropiación, representa una indemnización de un daño emergente, constituyéndose como un ingreso no renta, según lo señalado en el artículo 17, N° 1, de la Ley sobre Impuesto a la Renta. Dado lo anterior, dicha indemnización no debe implicar un beneficio o utilidad para quien la percibe, ya que ella tiene como único propósito cubrir un perjuicio material, no teniendo el mismo tratamiento tributario el exceso cancelado por sobre dicho límite, el cual se encontraría afecto a los impuestos generales de la Ley sobre Impuesto a Renta

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción, Oficio N° 2571 de 2000.

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