¿Qué actividades económicas pueden cambiarse del régimen de Renta Presunta al de Renta Efectiva?

ID: 001.140.2065.009
Fecha de creación: 03/12/2004
Fecha de actualización: 14/07/2026

Las actividades que pueden cambiarse del régimen de Renta Presunta al de Renta Efectiva son: 

  • La explotación de bienes raíces agrícolas. 

  • La minería. 

  • El transporte terrestre de carga ajena o de pasajeros. 

Estos contribuyentes pueden optar por pagar el impuesto de primera categoría sobre sus rentas efectivas demostradas mediante un balance general según contabilidad completa o simplificada de acuerdo al artículo 14 letra A) o al artículo 14 letra D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), cuando puedan optar y cumplan los requisitos para acogerse, según corresponda. Una vez ejercida dicha opción, no podrán reincorporarse al sistema de renta presunta. El ejercicio de la opción se efectuará dando aviso al Servicio entre el 1 de enero y el 30 de abril del año calendario en que deseen cambiar, quedando sujetos a todas las normas comunes de esta ley a contar del día primero de enero del año del aviso.  

Normativa Relacionada