¿La retención mensual de las boletas de honorarios puede ser abonada a una deuda con el fisco?

ID: 001.140.2220.008
Fecha de creación: 12/01/2005
Fecha de actualización: 13/06/2025

Sí, la retención mensual de las boletas de honorarios puede ser abonada a una deuda con el fisco, monto que está determinado por el saldo a favor que determine un contribuyente en la Declaración de Renta anual (Formulario 22), el cual es compensado o abonado a la deuda que el contribuyente tiene pendiente en el Servicio de Tesorerías.