No, las Boletas de Honorarios deben ser declaradas en el mismo año comercial en que son emitidas y pagados los honorarios respectivos. Excepcionalmente, si una Boleta de Honorarios no fue pagada en el año en que fue emitida, deberá ser declarada en el ejercio comercial en que se produzca el pago a través del Formulario 22 de Renta.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Normativa y legislación, menú Circulares. Adicionalmente esta materia puede ser consultada en la sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Ayudas.