¿Cuál es el tratamiento tributario de la provisión de gratificaciones contabilizada en una cuenta de gastos de la empresa?

ID: 001.140.2664.009
Fecha de creación: 31/03/2005
Fecha de actualización: 17/04/2025

El tratamiento tributario de la provisión de gratificaciones, contabilizada en una cuenta de gastos de la empresa, en la medida que corresponda a la gratificación legal determinada según las normas laborales pertinentes o una pactada en un contrato de trabajo individual o convenio colectivo, será el siguiente:

  • La provisión de gratificaciones corresponde a un pasivo exigible, mientras que la contrapartida en gastos corresponde a un gasto aceptado, por lo cual no hay que hacer ningún tipo de ajuste en la Renta Líquida Imponible de Primera Categoría.

Normativa Relacionada