Un contribuyente que ha recibido una Boleta de Prestación de Servicios de Terceros debe considerar las siguientes situaciones:
Presentar obligatoriamente su Declaración de Impuesto a la Renta, si el monto total de sus rentas es igual o superior a 13,5 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
Presentar su Declaración de Impuesto a la Renta si sus rentas son inferiores a 13,5 UTA y desea recuperar el 13,75% retenido.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Ayudas.