Sí, la pensión de sobrevivencia y otras rentas que recibe un menor de edad (con incapacidad relativa o absoluta) deben ser declaradas por el padre en su Declaración de Impuesto a la Renta, el que deberá considerar, para ello, su situación personal y los topes que le puedan beneficiar en relación con el impuesto personal que le afecte.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, Administrador de contenido normativo, donde encuentra el Oficio N° 492 de 1995.