Cuando un inmueble DFL-2 es vendido y conserva su destino habitacional, las rentas de arrendamiento del nuevo propietario, se regularan en virtud de los nuevos requisitos establecidos e instruidos en la Circular N°57 de 2010, modificada por la Circular N° 22 de 2022, en relación a la cantidad de viviendas y si se trata de una persona natural o jurídica.
Puede obtener más información relativa a este tema en el en el Oficio N° 774, de 1995 y en el Artículo 15 del Decreto Con Fuerza Ley Nº 2 sobre Plan Habitacional.