Cuando un inmueble DFL-2 es vendido y conserva su destino habitacional, las rentas de arrendamiento del nuevo propietario, se regularán en virtud de los nuevos requisitos establecidos e instruidos en la Circular N°57 de 2010, modificada por la Circular N°22 de 2022, en relación con la cantidad de viviendas y si se trata de una persona natural o jurídica.
Puede obtener más información relativa a este tema en el en el Oficio N°774, de 1995 y en el Artículo 15° del Decreto Con Fuerza Ley Nº2 sobre Plan Habitacional.