La forma en que tributa una persona domiciliada en Chile si obtiene sueldos de origen mexicano y, además, percibe honorarios en el país, es incluyendo la totalidad de dichas rentas en la determinación del Impuesto Global Complementario, otorgándosele un crédito por los impuestos soportados en México, el que deberá ser registrado específicamente en la línea 49 del Formulario 22 de Renta.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, Legislación tributaria y convenios internacionales, en la opción Convenios internacionales.