¿Para hacer uso del beneficio de gratificación de zona, una persona domiciliada en Zona Extrema del país, sólo debe tener rentas de sueldos y honorarios?

ID: 001.140.3367.005
Fecha de creación: 22/08/2005
Fecha de actualización: 03/04/2025

No, la persona puede tener otras rentas, pero el beneficio sólo es aplicable a los sueldos y honorarios.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, donde encuentra la Circular de Impuesto Único de Segunda Categoría, que establece el valor vigente de la Gratificación de Zona.

Normativa Relacionada