Las rentas que las sociedades de profesionales clasificadas en la Primera Categoría repartan a sus socios, deberán ser declararlas por estos en la sección Rentas Afectas a Impuesto Global Complementario o Adicional del Formulario 22, según corresponda, sin perjuicio que la respectiva sociedad deba declarar el Impuesto de Primera Categoría en la sección Impuestos Anuales a la Renta de su Formulario 22, considerando el régimen tributario al que se encuentra acogida.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, menú Declaración de renta, opción Ayudas donde encontrará las Instrucciones Formulario 22.