A contar del 01 de enero de 2020, el tratamiento tributario de la enajenación de derechos o cuotas sobre un bien raíz poseído en comunidad, adquirido por sucesión por causa de muerte, es el indicado en la Circular N°43 de 2021.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación, Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, opción: Oficio N°735 de 2003 y Oficio N°315 de 2004.