A contar del 02.03.2014: se modificó el criterio interpretativo contenido en la jurisprudencia administrativa de este Servicio, concluyéndose que para que los aportes efectuados a sociedades de personas puedan ser considerados como una reinversión en los términos que establece el artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, deben cumplir con las formalidades propias de la constitución o modificación del contrato social, según corresponda, de acuerdo al tipo social de que se trate. Por lo señalado, puede consultar en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares, donde encuentra las instrucciones.