¿El desarrollo de un software debe ser reconocido como gasto? 

ID: 001.140.3663.009
Fecha de creación: 17/11/2005
Fecha de actualización: 01/04/2026

Los softwares o programas computacionales mandados a confeccionar a pedido o a medida del usuario, de acuerdo con sus propias necesidades, para su uso específico y exclusivo, sin que puedan ser estandarizados para su comercialización, constituyen desembolsos por concepto de servicios de ingeniería o asesorías técnicas. Ahora bien, como este tipo de desembolsos generalmente inciden en la generación de la renta de varios ejercicios futuros, pasan a constituir "gastos o costos diferidos", pudiendo ser amortizados, hasta en un lapso de seis ejercicios comerciales consecutivos contados desde que se generaron dichos gastos o desde el año en que la empresa comience a generar ingresos de su actividad principal cuando este hecho sea posterior a la fecha en que se originaron los referidos gastos.

En cambio, si se trata de un software estándar es un gasto del ejercicio.

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