Debe ser reajustado según la Variación del Índice de Precios de Consumidor (VIPC) comprendida entre el mes de noviembre del año que se declara y el mes de marzo del año tributario respectivo, porcentaje que el Servicio de Impuestos Internos lo comunica en su sitio web sii.cl, sección Normativa y Legislación, menú Circulares.