El subsidio de las obras de riego y drenaje es un menor costo de las inversiones de este tipo. Por esto, la bonificación no constituye renta para sus beneficiarios y sucesores en el dominio del predio. Respecto de quienes reciben ese terreno para desarrollar la obra (cesionario), se aplican las normas generales, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 10 de la Ley 18.450, de 1985.
Puede obtener más información de este tema, en el menú Normativa y legislación, Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencias administrativas, Ley de la Renta, opción Oficio N°2525 de 2003 y Oficio N°432 de 2002.