¿Cuál es el monto del crédito de Primera Categoría que se debe registrar en la línea 5, código 604, del Formulario 22 de Renta, por el arrendamiento de un bien raíz no agrícola que paga contribuciones?

ID: 001.140.4200.012
Fecha de creación: 20/06/2006
Fecha de actualización: 14/01/2025

Se debe anotar en el código 604 de la línea 5, del Formulario 22 de renta, con la tasa del impuesto categoría vigente sobre la renta declarada, hasta el año tributario que se mantuvo vigente este régimen de tributación.

Téngase presente, que a contar del 1° de enero de 2016, la instrucción contenida en la Circular N°37 de 2015, es modificada por la Circular N°39 de 2016,  en el orden de que las personas naturales, con o sin domicilio en el país, respecto de las contribuciones de bienes raíces que correspondan sobre los bienes raíces no agrícolas que exploten, atendido que se encuentran exentos del IDPC por la renta efectiva que obtengan, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 N° 3, y por lo tanto, en tal caso, dichos contribuyentes no tienen derecho a imputar el crédito por contribuciones de bienes raíces en contra del IDPC, atendido que no se encuentran gravados con el citado tributo.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Normativa y legislación, menú Administrador de Contenido Normativo, Ley de Impuesto a la Renta, especialmente artículo 39° N° 3.

Normativa Relacionada