Téngase presente que con motivo de la Reforma Tributaria de la Ley N° 20.780, publicada en el Diario Oficial de fecha 29.09.2014, a contar del 01.01.2016 la tributación que afecta a las referidas rentas se simplifica, ya que a partir de la citada fecha, se elimina la renta presunta y la comparación con el 11% del avalúo fiscal del bien raíz para determinar la renta afecta; gravándose con el Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario solamente la renta efectiva proveniente del arrendamiento de los referidos bienes; quedando en todo caso, exenta del Impuesto de Primera Categoría, cuando dicha renta sea obtenida por una persona natural.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Normativa y Legislación, menú Legislación Tributaria y Convenios Internacionales, sub menú Legislación Tributaria Básica, opción Ley sobre Impuesto a la Renta, especialmente artículo 39° N° 3.