Un contribuyente de segunda categoría que presentó aviso de Término de Giro a mediados de año, ¿debe presentar una Declaración de Renta para recuperar las retenciones?

ID: 001.140.4312.012
Fecha de creación: 27/07/2006
Fecha de actualización: 16/10/2025

Sí. El contribuyente de segunda categoría que presentó término de giro se encuentra afecto con el Impuesto Global Complementario, por tanto, debe presentar la Declaración de Renta, determinar el Impuesto Global Complementario y descontar las retenciones efectuadas y, si procede, solicitar la devolución del saldo a su favor.

Puede obtener más información relativa al tema en el sitio web del SII, en Servicios online, menú Declaración de renta, opción Material de ayuda.