De acuerdo a la Ley 21.210 del 24 de febrero de 2020, que estableció modificaciones al Artículo 31 de la Ley de Impuesto a la Renta, admitiendo gastos que, si bien no tienen una vinculación directa con la obtención de rentas ni con el desarrollo de nuevos proyectos, igualmente dicen relación con la mantención de la actividad o negocio, como por ejemplo:
Gastos por defensa judicial o administrativa relativa al funcionamiento o a las operaciones del negocio o empresa.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Normativa y legislación, opción "Legislación tributaria y convenios internacionales", "Legislación tributaria básica".