Sí, es necesario declarar y pagar Impuesto a la Renta al residir en el extranjero y recibir una presión y/o dinero por el arrendamiento de un bien raíz en Chile. Esto, de acuerdo con el siguiente tratamiento de las rentas obtenidas:
Si además de residir en el extranjero, la persona ha perdido el domicilio en Chile, respecto a las rentas de arrendamiento del bien raíz, queda afecta a Impuesto Adicional, de conformidad a lo dispuesto en el inciso primero del Artículo 60 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, renta que debe afectarse además con el Impuesto de Primera Categoría, sin perjuicio de la exención establecida en el Artículo 39 N° 3 de la Ley señalada, conforme texto que esté vigente a la fecha del hecho gravado con renta. |