El costo de los bienes heredados, para los fines de determinar el mayor valor en su venta, es el valor que tengan los bienes al momento de deferirse la herencia, la norma legal que señala que para determinar el monto sobre el cual debe aplicarse el impuesto que establece dicha Ley, se considerará el valor que tengan los bienes al momento de deferirse la herencia, siendo éste, en el caso de los efectos públicos, acciones y valores mobiliarios, el promedio del precio que hayan tenido durante los seis meses anteriores a la fecha de la delación de las asignaciones y no a la fecha de la partición.
Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio Web del SII, menú Normativa y Legislación,opción Jurisprudencia administrativa, Oficio N°735 de 2003.