No, pues según lo dispuesto en el artículo 14° de la Ley sobre Impuesto a la Renta las reinversiones deben efectuarse mediante aumentos de capital en empresas individuales, aportes efectivos en Sociedades de Personas o en acciones de pago de Sociedades Anónimas. Si bien el artículo 32°, de la Ley N°18.815, indica que las cuotas de participación de los fondos de inversión tendrán el mismo tratamiento tributario que contempla la Ley de la Renta, para las acciones no existe ningún pronunciamiento que implique el alcance de dicha expresión.