¿Cómo debe solicitarse la fijación de una nueva vida útil para los vehículos adquiridos y totalmente depreciados, en poder del enajenante, cuando el contribuyente no está en condiciones de fijarla directamente, para garantizar el reconocimiento del valor neto de adquisición?

ID: 001.140.5474.007
Fecha de creación: 03/07/2007
Fecha de actualización: 18/06/2025

Debe presentarte el Formulario 2117 de Solicitudes ante la Dirección Regional del SII, con jurisdicción sobre el domicilio del contribuyente, e incorporar los antecedentes técnicos que especifiquen las características del bien que permitan la fijación de una nueva vida útil, sin perjuicio de los que pueda solicitar el SII para iguales fines.

Ahora bien, de acuerdo con pronunciamientos anteriores, emitidos sobre esta misma materia, la fijación de la vida útil de los bienes ya mencionados puede ser asignada por el propio contribuyente, teniendo en consideración los parámetros anteriormente indicados, y también la vida útil que este organismo, con anterioridad, haya fijado a bienes de características o naturaleza similar. Por ejemplo, considerando las Circulares N° 132, de 1975,  especialmente cuando se acredita la duración o estado de conservación de los citados bienes, mediante un informe técnico emitido por terceras personas, antecedente que deberá estar a disposición de las oficinas del SII para su verificación, propio de su facultad fiscalizadora.

Puede obtener más información relativa a este tema en el sitio web del SII, apartado Legislación y Normativa, Jurisprudencia y tribunales, Jurisprudencia administrativa, Ley sobre Impuesto a la Renta, opción Oficio N° 74 de 1995, y Oficio N° 3.981 de 1999.

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