Esta persona no cumple el requisito de ser un contribuyente obligado a declarar según contabilidad completa. Por tanto, no puede acceder al beneficio de la reinversión de utilidades del artículo señalado precedentemente.
Tenga presente que en el Diario Oficial de 29 de septiembre de 2014, se publicó la Ley N° 20.780, sobre reforma tributaria que modifica el sistema de tributación de la renta e introduce diversos ajustes en el sistema tributario, la que fija un impuesto sustitutivo sobre las rentas acumuladas en el Registro Fondo de Utilidades Tributables (FUT) al 31 de diciembre de 2014 y del impuesto único y sustitutivo sobre los retiros en exceso que se mantengan a esa misma fecha, de acuerdo a lo dispuesto en el N° 11, del numeral I.-, del artículo tercero de las disposiciones transitorias de la Ley citada.