En la Operación Renta año tributario vigente, podrán declarar y pagar por Internet sus impuestos en dólares estadounidenses, aquellos contribuyentes que cuenten con resolución del SII que autorice a declarar pagar los impuestos contenidos en el Formulario N° 22 con dicha moneda extranjera autorizada.
El SII considera moneda extranjera a cualquiera de aquellas cuyo tipo de cambio y paridad es fijado por el Banco Central de Chile para efectos del número 6 del Capítulo I del Compendio de Normas de Cambios Internacionales o el que dicho Banco establezca en su reemplazo.