No, la autorización para declarar y pagar en dólares estadounidenses o euros en la Operación Renta 2009, se otorgará sólo a aquellos contribuyentes autorizados por el SII mediante Resolución para llevar la contabilidad en dólares estadounidenses o euros para el año comercial 2008.
La única excepción, son aquellos contribuyentes que son socios sin domicilio ni residencia en Chile de sociedades autorizadas a declarar y pagar sus impuestos en moneda extranjera, que sin llevar contabilidad, cuentan con la Resolución del SII que los autorice a declarar y pagar su F22 en la misma moneda extranjera en que lo hace la mencionada sociedad conforme a Resolución N°43 del 2009.