¿Se pierde el Crédito Fiscal IVA de las mercaderías cuya comercialización se ha vuelto inviable?

ID: 001.140.6020.011
Fecha de creación: 29/01/2010
Fecha de actualización: 17/07/2025

No, el castigo de los productos, cuya comercialización se ha vuelto inviable, no afecta la utilización del Crédito Fiscal IVA relacionado con la adquisición o producción de los bienes susceptibles de castigo, según lo señalado en la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, por lo que podrá ser utilizado normalmente por el contribuyente, siempre y cuando se cumplan los requisitos especificados en el artículo 23°, en concordancia con los artículos 24° y 25° de la Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios

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