La RLI del ejercicio no se anota en los registros, por cuanto se encuentra incorporada junto a las otras rentas afectas a impuestos finales en el Registro RAI, a través de la determinación del Capital Propio Tributario.
En cuanto al crédito por IDPC, correspondiente a la RLI determinada en el ejercicio, se anota en el Registro de Saldo Acumulado de Crédito (SAC), en los créditos acumulados a contar del 01.01.2017, bajo la columna créditos sujetos a Restitución con o sin derecho a devolución, según corresponda.