¿Qué elementos se consideran para informar el Capital Propio Tributario?

ID: 001.140.7347.006
Fecha de creación: 04/04/2019
Fecha de actualización: 14/01/2025

Se entenderá por capital propio tributario:

La diferencia entre el activo y el pasivo exigible a la fecha de iniciación del ejercicio comercial, debiendo rebajarse previamente los valores intangibles, nominales, transitorios y de orden, y otros que determine la Dirección Nacional, que no representen inversiones efectivas.

Formarán parte del capital propio los valores del empresario que hayan estado incorporados al giro de la empresa.

A modo de ejemplo:

Activo Tributario                  (+) 510.766.000

Pasivo Tributario                  (-) 140.000.000

Capital Propio Tributario (=) 370.766.000

Para las empresas que requieran asistencia, en su declaración de renta, podrá recurrir al asistente que deberá completarse con los antecedentes señalados precedentemente.

Puede obtener mayor información en el sitio web del SII, Normativa y Legislación, Ley sobre Impuesto a la Renta, específicamente en el Artículo 41 de la LIR. Adicionalmente, en el sitio web del SII, Servicios Online, Declaración de Renta, Ayudas, donde encuentra el Suplemento tributario de Renta, específicamente el Recuadro N° 4.