¿Los contribuyentes que pasan de un régimen de renta presunta a la modalidad de renta efectiva base contabilidad completa, tendrán ampliación de plazo para declarar renta año tributario 2020?

ID: 001.140.7570.006
Fecha de creación: 22/04/2020
Fecha de actualización: 28/07/2025

Sin perjuicio del ejercicio de la referida opción, se mantiene vigente el plazo para declarar y pagar el impuesto a la renta por el presente año tributario 2020, pudiendo diferir el pago de acuerdo a lo establecido en el Resolutivo 2° de la Resolución N°43 de 2020, y rectificar su declaración con posterioridad, si el contribuyente decide abandonar el régimen de renta presunta después de haber presentado su declaración de renta.

Asimismo, dichos contribuyentes, deberán presentar, las declaraciones juradas que correspondan al régimen por el cual se opta (letras A) o B) del artículo 14° o de acuerdo a la letra A), del artículo 14° ter) de la LIR vigente hasta el 31 de diciembre de 2019.

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