¿Cómo deben los donatarios informar al Servicio de Impuestos Internos las donaciones recibidas en bienes o en dinero?

ID: 001.140.7642.002
Fecha de creación: 22/06/2020
Fecha de actualización: 21/04/2025

Tratándose de donaciones de bienes, el certificado deberá consignar el valor tributario en que los bienes donados se encuentren registrados en la contabilidad del donante a la fecha de la donación.

En caso que los contribuyentes rebajen gastos efectivos para la determinación de la renta líquida imponible, que conforme a las disposiciones de la Ley sobre Impuesto a la Renta no tengan la obligación de llevar el mencionado registro, los certificados deberán consignar el valor de adquisición del bien donado debidamente reajustado, conforme al porcentaje de variación del Índice de Precios al Consumidor entre el mes que antecede al de su adquisición y el mes anterior al de su rebaja de la renta afecta a impuestos.

Tratándose de donaciones efectuadas en dinero, el certificado deberá consignar el monto donado por cada institución, entidad o persona.

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