¿Cómo deben los donatarios informar al Servicio de Impuestos Internos las donaciones recibidas en bienes o en dinero?
ID: 001.140.7642.006
Fecha de creación: 22/06/2020
Fecha de actualización: 14/10/2025
Los donatarios (instituciones receptoras) deben informar al Servicio las donaciones recibidas en bienes o en dinero bajo la Ley N° 16.282 mediante la presentación de la Declaración Jurada Anual N° 1832.