¿Las rentas que entregan las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a sus afiliados, otorgan derecho al crédito por Impuesto de Primera Categoría?

ID: 001.140.7894.002
Fecha de creación: 14/04/2021
Fecha de actualización: 20/12/2024

No, dichas rentas se encuentran gravadas en el N° 1 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), esto es, la ley las considera rentas del trabajo, afectas al impuesto único de segunda categoría y no existe en la LIR una norma que otorgue crédito por Impuesto de Primera Categoría en contra del impuesto único de segunda categoría.