La gradualidad, permite optar cada año por efectuar el cálculo de las cotizaciones previsionales sobre una base menor al de la base imponible total. Esta opción, podrá ejercerse sólo entre los años tributarios 2019 y 2028, ambos inclusive. Para determinar la menor base imponible para el cálculo de las cotizaciones, la ley prescribe que en los años tributarios que se indican, la base imponible optativa corresponderá a los siguientes porcentajes, aplicados éstos sobre la base imponible total:
% |
AÑO TRIBUTARIO |
5% |
2019 |
17% |
2020 |
27% |
2021 |
37% |
2022 |
47% |
2023 |
57% |
2024 |
70% |
2025 |
80% |
2026 |
90% |
2027 |
100% |
2028 |
Puede obtener mayor información previsional, en el sitio web de la Subsecretaria de Previsional Social