Es un beneficio para las personas que han solicitado un crédito o mutuo con garantía hipotecaria para la compra de una vivienda nueva con destino habitacional, que les permite acceder a una rebaja de los impuestos a pagar o una devolución si corresponde, por el monto pagado como dividendos.
En caso de que el contribuyente haya adquirido una o más viviendas susceptibles de acceder a este beneficio, podrá acogerse a solo una de ellas, pudiendo elegir la que estime a su discreción. Para ello, se debe dejar constancia en la respectiva escritura de compraventa que el contribuyente no se encuentra actualmente utilizando el crédito y que la compraventa cumple con los requisitos establecidos en la Ley.
Cabe señalar que el beneficio estará disponible solamente hasta el año tributario 2029.