Son las entidades o instituciones acreedoras de los créditos con garantía hipotecaria, deberán proporcionar tanto al Servicio de Impuestos Internos como al contribuyente beneficiario del crédito, la información relacionada con los créditos, por los medios, forma y plazo que dicho organismo determine.
Más información puede ser consultada en el sitio web sii.cl, sección Normativa y Legislación, menú Circulares.