Este crédito será compatible con todos los subsidios para la adquisición de viviendas entregados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, y con el beneficio tributario establecido en el artículo 55 bis de la LIR.
Crédito contra el Impuesto
En primer lugar, se deberá descontar del monto correspondiente a los dividendos con ocasión de un crédito con garantía hipotecaria, efectivamente pagados dentro de un ejercicio comercial, el crédito establecido en el presente artículo.
Cuando los dividendos consideren intereses y capital, el crédito se imputará primero al capital y sólo de existir un saldo positivo se imputará a los intereses efectivamente pagados dentro del correspondiente ejercicio.
Rebaja de Base Imponible
El saldo de los intereses efectivamente pagados dentro del correspondiente ejercicio, luego de efectuada la operación indicada en el literal anterior, corresponderá al valor a considerar para efectos del beneficio tributario contenido en el artículo 55 bis de la LIR.
En viviendas adquiridas en comunidad, quien utilice el beneficio del artículo 55 bis de la LIR deberá de todas formas realizar este cálculo para establecer los intereses que pueden acogerse a la rebaja establecida en el artículo 55 bis de la LIR.