Para acceder al beneficio tributario por Gastos en Educación se deben cumplir todos los siguientes requisitos:
El beneficio opera para estudiantes de enseñanza preescolar, básica, diferencial o media. Excluye a estudiantes universitarios.
El colegio, jardín o sala cuna deben estar reconocidos por el Estado e informar que el estudiante obtuvo un mínimo del 85% de asistencia.
La suma de ingresos del padre y la madre no deben superar los $30.426.018 (792 UF al 31.12.2024)
Quien lo solicita debe estar afecto a Impuesto Único o al Impuesto Global Complementario.