Sí, puede entregar un poder para que el cheque se lo cobre un tercero, siempre y cuando cumpla con los requisitos exigidos por la institución financiera responsable de pagar el cheque.
Cabe recordar que el cheque de una devolución de impuestos, originada al presentar una declaración de renta, siempre es extendido a nombre del contribuyente titular de la respectiva declaración.
Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios online, Declaración de renta, Material de ayuda, opción Más información.