¿Qué debe hacer un contribuyente que presenta una declaración de Renta que inicialmente generó pago y luego de una rectificatoria tiene devolución de impuestos?

ID: 001.140.8571.002
Fecha de creación: 14/05/2024
Fecha de actualización: 10/02/2025

Lo que debe hacer un contribuyente que presentó una Declaración de Renta que inicialmente generó pago y que luego de realizar una rectificatoria produce devolución, es acogerse a lo dispuesto en el artículo 126 del Código Tributario para solicitar la devolución de lo pagado en exceso en la primera Declaración de Renta.

Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, donde encuentra el Oficio N° 0784, de 1998, que instruye sobre los pagos ingresados indebidamente al fisco.